Transparencia

Fecha actualización: 31/07/2025

La Asociación Hestia para la Intervención e Investigación Familiar, Psicoeducativa y Social en su compromiso de transparencia en todas las acciones que realiza así como en la redición de cuentas, y cumpliendo con la Ley estatal 1/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y a la Ley Canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, hace pública (valga la redundancia) y, accesible, toda la información relativa a las gestión técnica y económica de la entidad. 

La transparencia es uno de los valores que define a la asociación, el compromiso de llevarla a cabo está ratificado en la Política de Transparencia de la entidad, donde se recoge entre otras cuestiones lo siguiente: 

  • La entidad regirá su actuación en materia de transparencia basándose en los principios de actuación recogidos en la Ley Canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública. 
  • La dirección del centro asume la responsabilidad de dar cumplimiento a los compromisos en materia de transparencia. 
  • La entidad se compromete a someterse a todos los controles y auditorías externas pertinentes. 
  • La entidad hará pública toda la información relativa a sus memorias anuales y balance de cuentas. 

La información ampliada sobre la política de transparencia de la entidad se desglosará a continuación, concretamente en el apartado de Política de Transparencia. 

Asimismo, la asociación se somete anualmente a la evaluación externa del Comisionado de Transparencia de Canarias.

Ley Estatal: 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887 

Ley Canaria:  

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-1114

Política de transparencia

En la Asociación Hestia para la Intervención e Investigación Familiar, Psicoeducativa y Social, en el cumplimiento de su valor ético de transparencia promueve la creación de un documento marco, que defina la política de transparencia de la empresa en relación a sus actuaciones y gestión económica. 

Desde la junta directiva de la entidad se considera que dar publicidad a la gestión económica y técnica que se hace con los fondos públicos recibidos, debe ser uno de los principales compromisos de cualquier entidad no lucrativa, promoviendo la responsabilidad en la gestión de cualquier organización cuya financiación depende en gran medida de convocatorias públicas. 

Es por ello que la finalidad del presente documento es establecer los principios en los que se enmarca la política de privacidad de la asociación, así como los compromisos y obligaciones a los que queda sujeta la entidad. 

Compromisos y Principios de actuación

En primer lugar, la Asociación Hestia para la Intervención e Investigación Familiar, Psicoeducativa y Social pondrá en marcha todas las actuaciones necesarias para dar publicidad y hacer accesible toda la información relativa a la utilización de los fondos públicos recibidos, así como de todas las actuaciones y acciones enmarcadas en sus estatutos. Todo ello, lo realizará bajo los siguientes principios de actuación recogidos en la Ley Canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, los cuales, se citan a continuación: 

“a) Principio de transparencia pública, en virtud del cual se ha de facilitar de oficio información permanente, objetiva y veraz sobre la organización, funcionamiento y control de la actuación pública, en los términos y con los límites establecidos en la ley. 

  1. b) Principio de libre acceso a la información pública, en virtud del cual cualquier persona puede solicitar el acceso a la información pública, toda la información pública es en principio accesible y el acceso solo puede restringirse en los supuestos previstos legalmente.
  2. c) Principio de veracidad, en virtud del cual la información pública ha de ser cierta y exacta asegurando que procede de documentos respecto de los que se ha verificado su autenticidad, fiabilidad, integridad, disponibilidad y cadena de custodia.
  3. d) Principio de accesibilidad, en virtud del cual la información se proporcionará por medios o en formatos adecuados de manera que resulten accesibles y comprensibles, conforme al principio de accesibilidad universal y diseño para todos.
  4. e) Principio de gratuidad, en virtud del cual el acceso a la información y las solicitudes de acceso serán gratuitos, sin perjuicio de las tasas previstas legalmente por la expedición de copias o la transposición de la información a formatos diferentes del original.
  5. f) Principio de reutilización, en virtud del cual se promoverá que la información sea publicada en formatos que permitan su reutilización, de acuerdo con la legislación aplicable en materia de reutilización de la información del sector público.”

La responsabilidad de velar por el cumplimiento con todos los principios de actuación recogidos en el presente documento recaerá sobre la junta directiva de la entidad. 

Además, la entidad se compromete a someterse a todos los controles y auditorias necesarios para garantizar la total transparencia en la utilización de los fondos públicos recibidos en el marco de sus actuaciones 

Asimismo, dicho compromiso se extiende a cualquier otra actuación de control que se estime oportuno desde la junta directiva para verificar la gestión eficiente y adecuada de los fondos públicos. 

  1. Se hará pública de forma anual la memoria de actuaciones del ejercicio anterior y se hará entrega de la misma a los órganos competentes que por normativa estén obligados a estar informados. 
  2. Se dedicará en la página web un apartado específico para dar publicidad y hacer accesible la información relativa a proyectos, actuaciones, cuentas, convenios y contratos concertados, así como toda aquella que se estime oportuno para dejar constancia de la labor que se realiza desde la entidad. 
  3. La entidad y sus órganos directivos se comprometen a cualquier otra actuación que se estime oportuna para dar cumplimiento a su compromiso de transparencia. 

      El presente compromiso con la política de privacidad queda aprobado en Asamblea General realizada el día 02 de junio de 2023. 

      Ese espacio se ha creado siguiendo las indicaciones de Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias y en cumplimiento con la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, del Gobierno de Canarias. 

      Le facilitamos el siguiente correo para cualquier consulta o petición de información en relación a nuestro compromiso de transparencia: info@asohestia.org 

      Asimismo, le recordamos que en caso de no satisfacerle nuestra respuesta, puede dirigir una reclamación al Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias en su apartado de reclamaciones.

      Formulario para la consulta/petición en relación a nuestro compromiso de transparencia

      Política de privacidad

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      Comisionado de Transparencia 2022 – 2023 (ODT)

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